Preguntas frecuentes del programa de becas en impulso a la profesionalización de las y los servidores públicos del Gobierno del Estado de Sonora
Personas servidoras públicas de base y confianza del nivel 1 al 12, adscritos a las dependencias y organismos descentralizados del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, a quienes se procesa la nómina en la Subsecretaria de Recursos Humanos.
Pago de:
- Examen de admisión
- Inscripción
- Pago de materias o colegiaturas
- Titulación
Con el cumplimiento de los requisitos en la convocatoria, bases de la convocatoria y reglas de Operación del Programa.
1. El Comité de Becas de la Dependencia integrará las solicitudes de los Servidores Públicos que estén interesados en estudiar un posgrado en alguna de las Instituciones señaladas en las presentes bases.
2. El Comité de Becas de la Dependencia turnará la lista de preselección a la Subsecretaria de Recursos Humanos, de acuerdo con los criterios establecidos en la Etapa I de las Reglas de Operación.
3. La Subsecretaría de Recursos Humanos turnará la lista de preseleccionados por las dependencias a la Institución Educativa.
4. La Institución Educativa realizará evaluaciones (examen y entrevistas) a las y los Servidores Públicos.
5. Los resultados de las evaluaciones que realicen las Instituciones Educativa serán turnados a la Subsecretaria de Recursos para validación final por parte de los Comités de Becas.
6. Los Comités de Becas realizarán la selección final de los aspirantes y enviarán a la Subsecretaria de Recursos Humanos, el listado final de los acreedores a la beca.
7. Todos los aspectos no previstos en las bases serán resueltos en primera instancia por el Comité de Becas de acuerdo con las Reglas de Operación del presente programa.
No. La beca es intransferible y está vinculada al Programa e Institución para la que fue otorgada inicialmente.
Se procede a respetar las normativas internas de la Institución Educativa y si se reprueba se cancela la beca.
1. Proporcionar a los responsables del Programa la información y documentación que se les requiera, de acuerdo con lo establecido en estas Reglas de Operación.
2. Cumplir, conforme a la beca que se solicite, con los señalado en las Reglas de Operación, los anexos y documentos adicionales correspondientes que emitan las instancias ejecutoras.
3. Mantener actualizados sus datos personales, (contacto).
4. Informar a los responsables del Programa cualquier anomalía, situación o eventualidad que identifique con respecto a la operatividad de su beca. (Se debe de precisar como obligación o como derecho no ambas) debe de estar en los derechos o las obligaciones de los beneficiarios
5. Consultar periódicamente los medios por los cuales los responsables del Programa informan a los servidores públicos su estatus vigente y las fechas clave de los procesos operativos que se señalan en estas Reglas de Operación.
6. Mantener un promedio mínimo de 8.0 (ocho puntos cero) en una escala del 1 al 10.
7. Aprobar el 100% de las materias o créditos inscritos en el semestre.
8. Cumplir con los requisitos normativos de la Institución Educativa (reglamento y disposiciones internas).
No. El programa prohíbe la duplicidad de apoyos para el mismo fin.
Se inicia un procedimiento ante el Comité de Becas y la Oficialía Mayor, según las Reglas de Operación del Programa.
En el portal oficial del programa: https://programabecas.sonora.gob.mx y en la página de las dependencias de adscripción.
Según el Programa Académico de cada Institución Educativa
Notificarlo por escrito al Comité de Becas de tu Dependencia.